¿Qué fue lo que pasó
verdaderamente?
ANTECEDENTES
Después de pasar por varias horas de incertidumbre durante la
visita tipo “allanamiento” que se le hizo al Lic. Leonel González “El Patriarca”
en su casa de habitación y a la Unidad Educativa Privada “Guillermo Miller”
colegio del cual el Licenciado Leonel era el Director hasta ese momento, toda
esta gente invadió la propiedad privada, irrespetó y amedrentó a todos los
presentes en el colegio, maestras, alumnos y personal obrero fueron
impresionados por agentes del CICPC fuertemente armados, y representantes del
Condepro San Francisco en vez de dignamente hacer honor a la institución que
los enviste, muy por el contrario avalaron la entrada violenta al plantel de
estos policías de muchas “chapas y chaquetas”; Insólito: Entrar a un colegio fuertemente
armados y exhibiendo los revólveres y pistolas acompañados por Condepro… si que
saben velar por el tan conocido “interés superior del niño”. Las malas intenciones
de todos estos funcionarios corruptos se dejó ver en el momento en que uno de los inspectores le dice al Licenciando Leonel: “Vamos,
acompáñanos… quien no la debe no la teme, esto más bien te beneficia porque si
alguien quiere perjudicarte ya tu diste la cara y fuiste a defenderte de la
denuncia que te han puesto, esto te beneficia, vamos!
Cuando se
llegó a la delegación, el Licenciando Leonel vio a su denunciante, el cuñado de
su esposa, quien estaba separándose de su cuñada y por un problema matrimonial
comienza la trampa que le montaron a “El Patriarca”. El único crimen cometido
por el Licenciando Leonel fue recibir en su casa a su cuñada para darle un
techo donde resguardarse de las agresiones físicas, psicologías y verbales del
marido, quien denuncia al Licenciado para lograr la desestabilidad familiar de
su hogar y que la situación obligara a su esposa a retornarse con él. Posteriormente
de una manera “orquestada” comienzan a aparecer presuntos testigos que
levantaban falsos testimonios en contra de “El Patriarca”.
En
la Oficina del Comisario de esa sub delegación, se le dio un
trato diplomático a “El Patriarca” y su abogada, diciéndole: “No necesita de la presencia de un abogado
porque Ud. No está detenido, solo está aquí para conversar”. Claro, no mentía,
verdaderamente
no tenían ni un elemento de prueba para detener a el Patriarca, CICPC se encargó de montarle un expediente
mientras lo hacían esperar en ese lugar, el tiempo transcurría, la
incertidumbre crecía, fue mucho tiempo de espera, tiempo suficiente como para
que estos representantes del CICPC elaboraran las más bajas actuaciones
policiales y las avalara el Comisario de esa delegación para detener a el
Patriarca. Su vehículo estaba obstaculizado por otros que a propósito habían
colocado para impedir que se fuera.
Le hicieron firmar ILEGALMENTE una serie de documentos
que presumían lo estaban informando de sus derechos, ¿cuáles derechos? Lo ponen
frente al tablero de los delincuentes para fotografiarlo y le dan un cartón que
dice “Trabajo
Forzoso”, ¡eureka!: ese fue el crimen
con el que iniciaron toda esta aberración jurídica.
En la oportunidad de la realización de la AUDIENCIA DE
PRESENTACIÓN, por ante el Tribunal Primero de Control del Circuito
Judicial Penal del Estado Zulia, El Patriarca fue infundadamente imputado por
la presunta comisión de los delitos de TRATO CRUEL, TRABAJO FORZOSO, LUCRO POR
TRABAJO CONTRAINDICADO, EXHIBICION DE MATERIAL PRONOGRAFICO, REDUCCION A LA
ESCLAVITUD entre otros, de acuerdo a las normas e instrumentos jurídicos
señalados en las actas procesales que cursan en su expediente. Le decretan la “Privativa
de Libertad” por el presunto delito de violación en grado de continuidad de una
mujer quien fue miembro asociada de una Cooperativa del cual
el Patriarca también pertenece. El CICPC alegó que fue detenido en flagrancia
cometiendo SIETE DELITOS A LA VEZ? Insólito verdad? Quien puede cometer siete
delitos a la vez para ser sorprendido in fraganti?
Sin embargo, al tratarse de una irresponsable
imputación, amén que jamás hubo flagrancia, sino más bien una detención
arbitraria, y con trasfondos totalmente ajenos a la causa que se le sigue por ante los tribunales penales de Maracaibo a "El Patriarca" (y que
forzosamente serán dados a conocer), en el desarrollo de la investigación
desplegada por el Ministerio Público se llegó a la conclusión de que se trataba
de imputaciones irresponsables y sin ningún tipo de fundamento, teniendo
forzosamente la representación fiscal, en el acto conclusivo correspondiente,
que decretar el archivo fiscal de las actuaciones.
Empero, al
no existir ningún tipo de elementos que comprometieran la responsabilidad penal
de El Patriarca, y a los fines de proseguir una causa penal en su contra, y por
ende mantenerlo bajo una medida de privación de libertad, el Ministerio Público
en fecha 18 de abril de 2011 lo imputa por la presunta comisión del delito de
DEFRAUDACIÓN TRIBUTARIA, previsto y sancionado en los artículos 115, 116 y 118
del Código Orgánico Tributario. Nótese bien, que este tipo penal no tiene
ningún tipo de relación con los tipos penales imputados inicialmente, y sobre
los cuales se decretó el archivo fiscal. Se trata simplemente de una nueva,
autónoma y totalmente distinta imputación, incluso regulada en un instrumento
jurídico especialísimo como lo es el Código Orgánico Tributario.
Continuamos... Fui testigo de que mi primo era forzado a trabajar con 8 años de edad, a mis tíos con sus esposas les proponían intercambiar sus parejas para demostrar el "amor" y la fidelidad, mi abuela agonizaba en la famosa aldea y se les negaba a mis tíos a entrar a verla, hubo confrontación entre familia, insitaron al odio entre ellos, y puedo seguir contando y preguntarme de verdad hablamos de la misma persona?
ResponderEliminar